Ante la situación de emergencia pública en materia sanitaria motivada por la pandemia del virus coronavirus CoVID-19, y en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” para toda la población, entendemos oportuno y razonable adoptar medidas extraordinarias que operen como un paliativo frente a la merma de ingresos de los afiliados:
Artículo 1°) PRORROGAR para los afiliados activos la fecha de vencimiento del pago de los aportes correspondientes al mes de marzo y abril de 2020 en los términos del artículo siguiente.
Artículo 2°) DISPONER que la exigibilidad y modalidad de pago de los aportes referidos en el artículo 1° será establecida por el Directorio en el curso del mes de mayo de 2020, atendiendo a esos fines a la evolución de las medidas de “aislamiento personal preventivo y obligatorio” dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional.
Artículo 3°) EXHORTAR a todos los afiliados activos que se encuentren en condiciones de hacerlo, a mantener el cronograma ordinario para el pago de sus aportes.
Asimismo, debido a que esta situación cambia de manera constante, el Directorio evaluará las prórrogas mes a mes.
Por último, cabe destacar que la presente medida no impide, en modo alguno, el pago voluntario de los aportes en las fechas propias del cronograma regular de la entidad, siendo tal conducta la que resulta por demás deseable para todos aquellos afiliados que se encuentren en condiciones de hacerlo, pues de ello depende -en definitiva- el mantenimiento de las condiciones de financiamiento de la Caja que le permitirán afrontar en tiempo y forma el cumplimiento de los compromisos frente a sus beneficiarios.